Trini R.
03.08.2022
El pasado 27 de julio se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto Ley por el que se establece el nuevo sistema de cotización para los trabajadores autónomos que se empezará a aplicar a partir del 1 de enero de 2023 con carácter progresivo hasta su establecimiento definitivo en 2032.
Como se recoge en la exposición de motivos, la razón de base para acometer esta reforma se sustenta en dos problemas principales según el legislador:
- El RETA como régimen deficitario con serios problemas de sostenibilidad que atenta, además, contra los principios de contributividad y solidaridad del Sistema de Seguridad Social.
- Prestaciones más bajas que las del Régimen General por la elección de bases de cotización mínimas
Por tanto, el objetivo de este nuevo sistema es equiparar la protección social entre los dos regímenes.
A esto hay que añadir, además, el grave problema de sostenibilidad financiera del Sistema que obliga a tomar medidas que palien esta gran lacra. Y en este sentido, se ha optado por vincular las bases de cotización de los trabajadores autónomos a sus ingresos reales para, entre otras cosas, “evitar supuestos de elusión de cotizaciones”, tal y como se recoge en la norma publicada.
Pero, ¿realmente los trabajadores autónomos no aportan lo suficiente? ¿Por qué eligen bases mínimas?
Parece ser que se está dando por bueno un concepto desvirtuado de “autónomo”. Se tiende a pensar en grandes cuentas pero la realidad es bien distinta. Tomando como referencia el ejemplo que el propio ministro expuso para la presentación y explicación del nuevo sistema, vamos a ver de qué va esto de ser autónomo:
Pues a María, después de haber facturado 4.500 euros, haber hecho frente a los gastos correspondientes y haber pagado sus correspondientes impuestos, le quedan 1.670€ netos. Juzguen ustedes mismos.
Teniendo en cuenta que está suficientemente contrastado que hoy en día se emprende más por necesidad que por vocación, los autónomos suelen tener una visión muy cortoplacista de su desarrollo profesional o empresarial. Como para pensar en la jubilación… Se trata de sobrevivir, de afianzar el proyecto emprendido. Si el sistema es flexible, se va a elegir pagar la menor cuota posible. Pero esto no significa ser injusto o que se estén eludiendo cotizaciones o, incluso, que se esté vulnerando el principio de solidaridad del sistema. Mucho menos se pone en peligro la sostenibilidad financiera del mismo ya que las prestaciones van a ir en función de la cuota abonada. En este sentido habría que escarbar en otro lugar.
Además, ¿realmente es un sistema justo como nos están haciendo ver?
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2023 |
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TRAMO RENDIMIENTOS NETOS (€/MES) |
BASE MÍNIMA (€/MES) | CUOTA(€/MES) |
% SOBRE RENDIMIENTOS |
670 | 751,63 | 230 | 34,32 |
900 | 849,67 | 260 | 29 |
1.125,9 | 898,69 | 275 | 24,42 |
1.300 | 950,98 | 291 | 22,40 |
1.850 | 1.013,07 | 310 | 16,75 |
2.030 | 1.029,41 | 315 | 15,52 |
3.190 | 1.143,79 | 350 | 10,97 |
3.620 | 1.209,15 | 370 | 10,22 |
4.050 | 1.274,51 | 390 | 9,63 |
>6.000 | 1.633,99 | 500 | 8,3 |
*10.000 | 1633,99 | 500 | 5 |
En el cuadro anterior, se contempla la brecha real de cotizaciones existente entre los rendimientos más bajos y los más altos. A un menor rendimiento, una mayor aportación en términos relativos y viceversa. Para reflexionar.
Vista esta reforma desde una perspectiva optimista, podemos entender que un sistema de estas características, progresivo, puede ser justo: a mayores ingresos, mayor cuota. Además, es indiscutible que mejora la protección social de estos trabajadores. Una mejora que va a venir dada por una mayor aportación al sistema. Un sistema que, sin duda alguna, es, hoy por hoy, insostenible se mire por donde se mire.
Pero tratar de equiparar dos sistemas antagónicos, deja en evidencia el poco conocimiento que se tiene de este colectivo. No se tiene en cuenta el riesgo que supone iniciar este camino, las incertidumbres, la dedicación, etc. Ni se valora la aportación de estos trabajadores a la economía creando, entre otras cosas, actividad y, por consiguiente, empleo.
El encorsetamiento del sistema desincentivará, sin duda, el autoempleo lo que fomentará la economía sumergida o la migración de estos trabajadores al régimen general o al empleo público lo que va a suponer una mayor dependencia del Estado. Algo que éste no se puede permitir.
Por otro lado, se comete el gran error, o se pone la gran excusa, de compararnos con el resto de Europa, con países con un sistema similar al implantado pero con una economía a años luz de la nuestra. Economías más dinámicas, mas fortalecidas, donde aportar al sistema tiene mayores recompensas que aquí (de esto hablaremos en otra publicación) y donde el tejido productivo es robusto y capaz de aguantar los vaivenes de una economía globalizada y extremadamente sensible a los movimientos cíclicos que le son propios.
Este nuevo sistema se nos presenta como un tándem perfecto: se va a pagar menos y se va a cobrar más en prestaciones. Y sí a las dos cosas pero por separado. Por un lado, sí es cierto que se va a pagar menos si se tiene un rendimiento neto inferior a 1.125.90€ pero la base de cotización, ese dato de referencia que sirve para calcular las prestaciones del sistema, también va a bajar lo que va a suponer una menor cuantía de las mismas. Y, por otro lado, sí se van a percibir mayores prestaciones, siempre y cuando se cotice por tramos superiores que aumenten la base de cotización. Todo ello con el agravante de “obligatoriedad” de encuandramiento en determinados tramos según los ingresos. No se deja nada al azar.
En definitiva, nos encontramos ante una reforma a medias tintas que no resuelve los problemas que, en teoría, la motiva y que, desde varios puntos de vista, sigue generando desequilibrios en el sistema.
TABLA BASES Y CUOTAS AUTÓNOMOS 2023 – 2025
2023 |
2024 |
2025 |
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TRAMO RENDIMIENTOS
NETOS (€/MES) |
BASE MÍNIMA (€/MES) |
CUOTA (€/MES) | BASE MÍNIMA (€/MES) | CUOTA (€/MES) | BASE MÍNIMA (€/MES) |
CUOTA (€/MES) |
|
1 | <=670 |
751,63 |
230 | 735,29 | 225 | 718,95 |
200 |
2 | >670 y <=900 |
849,67 |
260 | 816,99 | 250 | 784,31 |
220 |
3 | >900 y <=1.125,9 |
898,69 |
275 | 872,55 | 267 | 849,67 |
260 |
4 | >1.125,9 y <=1.300 |
950,98 |
291 | 950,98 | 291 | 947,71 |
290 |
5 | >1.300 y <=1.500 |
960,78 |
294 | 960,78 | 294 | 960,78 |
294 |
6 | >1.500 y <=1.700 |
960,78 |
294 | 960,78 | 294 | 960,78 |
294 |
7 | >1.700 y <=1.850 |
1.013,07 |
310 | 1.045,75 | 320 | 1.143,79 |
350 |
8 |
>1.850 y <=2.030 |
1.029,41 | 315 | 1.062,09 | 325 | 1.209,15 |
370 |
9 | >2.030 y <=2.330 |
1.045,75 |
320 | 1.078,43 | 330 | 1.274,51 |
390 |
10 | >2.330 y <=2.760 |
1.078,43 |
330 | 1.111,11 | 340 | 1.356,21 |
415 |
11 | >2.760 y <=3.190 |
1.143,79 |
350 | 1.176,47 | 360 | 1.437,91 |
440 |
12 | >3.190 y <=3.620 |
1.209,15 |
370 | 1.241,83 | 380 | 1.519,61 |
465 |
13 | >3.620 y <=4.050 |
1.274,51 |
390 | 1.307,19 | 400 | 1.601,31 |
490 |
14 | >4.050 y <=6.000 |
1.372,55 |
420 | 1.454,25 | 445 | 1.732,03 |
530 |
15 | >6.000 |
1.633,99 |
500 | 1.732,03 | 530 | 1.928,10 |
590 |
Gran trabajo, buenísima aportación. Muchas gracias.