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En el BOJA 255 de fecha 31 de Diciembre de 2.011 se refleja la modificación del Tipo Impositivo del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transportes para determinados epígrafes:

Catorce. Se modifica el artículo 50, que queda redactado como sigue:

«Artículo 50. Tipo impositivo del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.  En el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte, la Comunidad Autónoma de Andalucía fija el tipo impositivo aplicable a los medios de transporte de los epígrafes 4.º y 9.º del artículo 70.1 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, en el 16,9%, y en el 13,8% el tipo impositivo aplicable a los del epígrafe 5.º del mismo artículo».

Fuente: BOJA 255 de fecha 31 de Diciembre de 2.011.

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